Resumen: Despido disciplinario: la calificación del despido debe ser nulo, y no improcedente, cuando el trabajador disfruta de una reducción de jornada por guarda legal y las faltas que se le imputan están prescritas.
Resumen: Desestima el recurso y confirma la sentencia que declaró la nulidad del registro de una marca, así como la caducidad por falta de uso de diferentes marcas nacionales. Respecto a la acción principal de nulidad del registro de una marca por mala fe en su inscrito y riesgo de confusión, recuerda que en este caso, se produce una esencial identidad entre lo pretendido por la parte demandante en la demanda (acción subsidiaria de caducidad por falta de uso) y el fallo de la sentencia recurrida, que estima la acción subsidiaria, por lo que no procede analizar la impugnación sobre la acción principal dado que se pretende obtener el mismo fallo pero con una fundamentación jurídica diferente. Rechaza la improcedencia de la acción declarativa de nulidad por falta de uso formulada en la reconvención, dado que en sede de marcas, y respecto del elemento de la conexión, existe abundante jurisprudencia que ha negado que, por medio de reconvención, se solicite la declaración de nulidad o caducidad de una marca que no se invoca como fundamento de la pretensión ejercitada en la demanda. En el presente caso, la demanda lo fue en relación con una marca en concreto pero no con respecto a la marca objeto de la reconvención, por lo que no guarda la conexión necesaria exigible en toda reconvención. Confirma la caducidad por falta de uso, dado que no se ha demostrado su uso dentro de los plazos legales por parte del titular de la marca conforme a la función esencial de la marca que se caduca.
Resumen: V.DOMÉSTICA Y DE GÉNERO.LESIONES/MALTRATO FAMILIAR